En el marco del Plan de Ordenamiento Territorial para el Municipio de San Javier y Yacanto, y el correspondiente Sistema de Información Geográfico (SIG), uno de los elementos solicitados por el municipio es la demarcación de la línea de ribera a lo largo de los arroyos principales incluidos en el ejido. La necesidad de tener demarcado este límite es debido a que este límite se utiliza como línea de referencia para la aplicación de zonificaciones establecidas en otras normativas (Ley 9814; ley 10.355).
En una primera instancia nos encontramos realizando la línea de ribera completa de las cuencas, para su aplicación en el territorio generando así los espacios públicos de uso común y aplicando supletoriamente a ésta la franja de protección ambiental de 35 metros a partir de línea de ribera, cuyo principal objetivo es restringir el uso de esa franja a los particulares para generar los corredores biológicos de bosque nativo que es el que hace viable la captación y propiedades del agua.